Comunicado Nro. 3/25
1) Licencia maternal / paternidad
Licencia maternal
Se solicita por el sistema MAP (*) ingresando en motivo la causal “maternal”.
Una vez, realizada la solicitud deberá remitir al correo electrónico (controlhorario@psico.edu.uy) el certificado médico expedido por su médico tratante del sistema nacional de certificación laboral del BPS, y/o carné obstétrico, en el que se debe leer claramente el nombre y Nro. de Caja Profesional
El médico tratante deberá establecer la fecha desde la cual recomienda el inicio de la licencia, la que se extenderá por 14 semanas de acuerdo a la Ordenanza de Licencias. Por ordenanza se deberá cesar todo trabajo por lo menos cuatro semanas antes del parto.
Dentro del plazo de cinco días hábiles se deberá presentar el certificado original en Sección Personal para su validación.
Licencia paternidad (10 días hábiles)
Se gestiona en el formulario de contralor horario con firma del superior, adjuntando partida de nacimiento y/o carné del niño/a que acredite la fecha de nacimiento.
Medio horario maternal / paternal /adopción
Reducción a la mitad del horario de trabajo durante los seis meses siguientes al nacimiento del/ hijo/a, a los efectos del cuidado del mismo. En estos casos, la jornada no podrá superar las cuatro horas diarias.
Se tramita por el MAP (*) a partir del primer día de reintegro de la licencia maternal/paternal, debiendo adjuntar la partida de nacimiento, certificado de INAU o dictamen del Juez en caso de adopción.
Dentro del plazo de cinco días hábiles se deberá presentar el certificado original en Sección Personal para su validación.
Renovación del medio horario por maternidad (lactancia)
En los casos en que amamanten a sus hijos/as, o los mismos requieran cuidados especiales, podrán solicitar se les amplíe este plazo de reducción horaria hasta que el lactante tenga doce 24 meses de edad.
Se gestiona por el MAP(*), debiendo adjuntar certificado del pediatra o médico tratante (cada seis meses) indicando que el/la niño/a se encuentra en período de lactancia o requiere cuidados especiales. En el certificado se debe leer claramente, el nombre y N° de Caja Profesional del médico tratante.
Dentro del plazo de cinco días hábiles se deberá presentar el certificado original en Sección Personal para su validación.
2) Licencia extraordinaria de carácter social
La licencia extraordinaria de carácter social se puede solicitar cuando un/a funcionario/a TAS o docente se ve afectado por graves e ineludibles situaciones de carácter social, no previstas especialmente, y con la finalidad de sobrellevar tales circunstancias.
En primer lugar los trabajadores pueden solicitarle a los directores inmediatos modificaciones temporales en los turnos u horarios, durante un período no mayor a los 30 días. En segundo término, se puede solicitar una licencia parcial o total de la jornada por períodos determinados, previo a dicha licencia se deberá haber solicitado y usufructuado (si fuera autorizado) los días de licencia especial del art. 31 de la Ordenanza de licencias.
La normativa sobre esta licencia se encuentra en los artículos 32 y 33 de la Ordenanza de Licencias (clic aquí).
Estas licencias se solicita en la Sección Personal:
- La licencia especial previo a la solicitud de licencia extraordinaria, se gestiona en el formulario de contralor horario (clic aquí).
- La licencia social, se gestiona en el MAP ingresando en motivo la causal “social” y además debe presentarse una nota en Sección Personal acompañada del formulario de licencia extraordinaria de carácter social (clic aquí), con la constancia de conocimiento del/la supervisor/a del/la funcionario/a y con la documentación probatoria que se estime necesaria. No puede realizarse en forma retroactiva.
Sección Personal creará el expediente correspondiente para su tramitación.
Luego la solicitud es elevada para asesoramiento al Área Salud de la Comunidad Universitaria (asistente social), y luego se remite el expediente para resolución de la autoridad competente (variable de acuerdo al período y definido en el artículo 41 de la Ordenanza).
El goce de esta licencia no afecta la generación de licencia en el ejercicio correspondiente.
Por otro tipo de licencia consultar en Sección Personal.
(*) MAP (Módulo de Autogestión de Personal) se ingresa con usuario (c.i) y contraseña