Montevideo, 28 de agosto de 2025
En el marco del compromiso de la Facultad de Psicología de la Universidad de la República con los desafíos que atraviesa nuestra sociedad, entre los que se cuenta la necesidad de construir políticas públicas orientadas a una atención en salud mental integral, digna y garantista de derechos humanos, el Claustro de Psicología plantea su posición en relación a la necesidad de la plena implementación de la Ley de Salud Mental, N° 19.529, a la vez que desea contribuir a la discusión y reflexión sobre aspectos que aún no han sido abordados.
Los acuerdos alcanzados en dicha Ley, aprobada por unanimidad en 2017, implican avances significativos en la intencionalidad de pasar de un modelo de salud mental centrado en lo hospitalario a un modelo descentralizado, interdisciplinario y comunitario, con una apuesta definida hacia el acceso universal a los distintos niveles de atención, a la internación como última opción, y al fortalecimiento de equipos y redes territoriales.
Muchas de las ideas plasmadas en la ley han quedado, hasta el momento, en el plano de las intenciones, siendo el 2025 un año clave previsto para el cierre definitivo de hospitales psiquiátricos de todo el país, que debían ser sustituidos por dispositivos alternativos comunitarios. Esto implica un cambio profundo en las formas de cuidado y acompañamiento hacia las personas usuarias de los servicios de salud, donde deben estar garantizados derechos humanos que históricamente han sido vulnerados.
Una estrategia fundamental para avanzar hacia un nuevo modelo de atención en salud mental consiste en la creación de dispositivos alternativos y sustitutivos, con participación activa de la población usuaria, trabajadora y profesional de distintas disciplinas, junto al fortalecimiento de una red educativa y cultural amplia. Ello permitiría dar cumplimiento al artículo 11 de la Ley N° 19.529 que plantea la necesidad de revisar y ajustar dispositivos existentes y crear nuevos mecanismos que promuevan un abordaje integral e intersectorial en salud mental, favorecedor de la integración social, la inserción laboral, la autonomía y la no discriminación de quienes viven con padecimientos psíquicos.
De acuerdo con el espíritu de la norma, la salud mental debe abordarse desde un enfoque libre de estigmas, lejos de lógicas punitivas que individualizan y responsabilizan a las personas de su propio sufrimiento. Es imprescindible, además, problematizar la noción de peligrosidad y la criminalización de padecimientos mentales, así como posibles prácticas de intervención abusivas que contradicen principios consagrados en la mencionada Ley.
Lamentablemente, estamos aún lejos de alcanzar los objetivos y metas previstos en la norma. Las casas de medio camino, o los centros 24 horas, aún resultan insuficientes y cuentan con escasos apoyos institucionales para su funcionamiento.
Debemos continuar interpelando y revisando los alcances previstos en la normativa junto con las prácticas concretas, las poblaciones destinatarias contempladas y las que aún permanecen excluidas, o sin posibilidad de acceder a una atención digna.
Pese a haber incluido la atención en salud mental en el Sistema Nacional Integrado de Salud, hay sectores de la población que hoy no acceden a ningún tipo de atención,
persistiendo brechas sustanciales de acceso a los servicios. Esto significa riesgos para la salud mental de las personas y, en el peor de los casos, configuran efectivas situaciones de atentado a la vida y vulneración de derechos, afectando principalmente a quienes no pueden costear sus consultas o prescripciones de atención en salud mental.
En momentos en que la salud mental está cobrando relevancia pública y política, entendemos preciso priorizar las necesidades de asistencia y cuidados, así como los tiempos para la atención y recursos acordes, para lograr una atención en salud y una organización social del cuidado más justa e inclusiva.
Resulta urgente destinar esfuerzos interinstitucionales, así como recursos presupuestales, que garanticen el acceso universal a la atención en salud mental, implementen prácticas de promoción y prevención, y amplíen los primeros niveles de atención, fortaleciendo dispositivos alternativos con equipos interdisciplinarios y redes territoriales locales.
Asimismo, se deberán fortalecer los mecanismos de contralor existentes a los prestadores de servicios de salud, y un sistema de sanciones frente a posibles incumplimientos.
Finalmente, manifestamos nuestro compromiso en redoblar esfuerzos en el apoyo a los equipos universitarios que están trabajando en territorio, orientados al abordaje de la salud mental de nuestra población y al pleno conocimiento de la Ley con foco en modelos de atención con una perspectiva de derechos.
Desde la Asamblea del Claustro de la Facultad de Psicología, en el marco del cogobierno universitario, afirmamos que no vamos a declinar en nuestro esfuerzo por lograr la efectiva y cabal implementación de la Ley de Salud Mental.
El Consejo de la Facultad de Psicología de la Universidad de la República en sesión ordinaria de fecha 24 de noviembre de 2025, adoptó la siguiente resolución:
74. (Exp. S/Nº ) - El Consejo de Facultad resuelve:
Tomar conocimiento y aprobar el Documento Declaración Salud Mental, elevado por la Asamblea del Claustro de la Facultad de Psicología.
Distribuido N° 1878/25.-11 en 11