En informe de la Comisión de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación, con fecha 10 de diciembre de 2018 y ratificado el 26 de marzo de 2019 por el Consejo Directivo Central de la Udelar, se agrega como no admisibles las conductas de violencia física o psicológica, el trato denigrante, irrespetuoso o discriminatorio y todos aquellos comportamientos que por provocar humillación, ofensa injustificada, temor, daño físico o emocional, puedan contribuir a crear un ambiente de trabajo o estudio intimidatorio, ofensivo u hostil.
Dentro de las conductas antes mencionadas están comprendidas el uso de acusaciones, amenazas o insultos, la intimidación, los comportamientos sexuales indeseados por la persona hacia la cual van dirigidos, las invitaciones y regalos no deseados, los chistes ofensivos, el uso de lenguaje obsceno o inapropiado, la divulgación de rumores, la mentira, las criticas injustificadas, el dañar la reputación de otros y todo otro comportamiento que pueda afectar el derecho de las personas a su intimidad y dignidad a permanecer en un ambiente de trabajo o estudio libre de violencia.
Estas conductas son consideradas reprobables tanto si provienen de jerarcas, como si provienen de subalternos/as o compañeros/as de trabajo o estudio, por cuanto todas las personas tienen derecho al respeto y protección de sus derechos.
En el caso de Docentes y Personal TAS, el informe señala que se espera un comportamiento profesional y acorde con la idoneidad ética requerida para el desempeño de la función (según los Estatutos respectivos), que respete los derechos a la igualdad de trato, respeto, dignidad y libre desarrollo de la personalidad.
Todas las personas tienen derecho a concurrir a los locales universitarios con tranquilidad, sin otras preocupaciones que las de realizar sus tareas de la mejor manera posible y sentir que la Universidad es su lugar de pertenencia.
Consulta
Aquellas comunicaciones, solicitudes de información y/o asesoramiento en general que a priori no supongan situaciones de ser denunciables deberán enviarse al correo denunciasacoso@psico.edu.uy. La Comisión Interna de Recepción y Atención a Violencia de Género y Acoso Sexual evaluará la naturaleza de la consulta y consideración de entrevista personal en las mismas condiciones de confidencialidad.
Las consultas derivadas del Consejo de la Facultad se realizarán mediante informe escrito al mismo correo electrónico.
Correo electrónico de la Comisión Interna de Recepción y Atención a Violencia de Género y Acoso Sexual comisionacoso@psico.edu.uy
Denuncia
¿Cómo denunciar una situación de acoso y/o discriminación en la Facultad de Psicología?
Todas las personas pertenecientes a la institución, interesadas en realizar denuncias sobre posibles situaciones de violencia de género, acoso sexual y/o discriminación, podrán hacerlo comunicándose con referentes del cogobierno, autoridades institucionales, o integrantes de la Comisión Interna de Recepción y Atención a la Violencia de Género y Acoso Sexual de la Facultad.
También pueden escribir a denunciasacoso@psico.edu.uy. Desde allí responderá la asesora externa a facultad, Dra. Gabriela Albornoz, abogada especializada en género.
Se le convocará a una entrevista de carácter confidencial que estará a cargo de la Dra. Albornoz con quien podrá evaluar las dimensiones de la situación que atraviesa y recibirá orientación sobre las acciones a tomar. De la entrevista quedará un registro escrito a resguardo de la Comisión.
Con las denuncias que impliquen situaciones de violencia de género, acoso sexual y discriminción, se iniciará un procedimiento administrativo o podrán ser remitidas a la Unidad Central de Prevención y Actuación del Acoso y la Discriminación de la Universidad de la República.
Resolución nº 15 del Consejo de la Faculad de Psicología de fecha 31/08/20